El TIE para estudiantes en España:
qué es y cómo obtenerlo
Si vienes a estudiar a España desde fuera de la Unión Europea y te quedas más de 6 meses, necesitas la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Te explicamos cuándo pedirla, qué documentos llevar a la cita y en qué se diferencia del NIE.
Resumen rápido
- Lo necesitas si no eres de la UE y vas a estar más de 6 meses
- Pídelo en tu primer mes en España
- Cita previa en la Policía: toma de huellas
- Tasa oficial: 16,08 € (modelo 790, código 012)
- La tarjeta tarda unos 30-45 días en estar lista
- El NIE es el número; el TIE, la tarjeta
Qué es el TIE y quién lo necesita
El TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es el documento que acredita que estás en España de forma legal. Lleva tu foto, tus datos, tu NIE y el tipo de autorización que tienes: en tu caso, estancia por estudios.
Lo necesitas si se cumplen las dos condiciones:
- No tienes la nacionalidad de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Tu estancia por estudios dura más de 6 meses.
Si tu estancia es de 6 meses o menos, te basta con el visado de estudios. Y si eres ciudadano de la UE, no necesitas TIE: lo tuyo es el certificado de registro de ciudadano de la UE, que te explicamos en la página de trámites para estudiar en España.
NIE y TIE: en qué se diferencian
Se confunden mucho, pero no son lo mismo:
| NIE | TIE | |
|---|---|---|
| Qué es | Un número de identificación | Una tarjeta física con tu foto |
| Para qué sirve | Identificarte ante la Administración | Acreditar que estás en España de forma legal |
| Caducidad | No caduca: es tuyo para siempre | Caduca con tu autorización |
| Quién lo tiene | Cualquier extranjero con trámites en España | Extranjeros de fuera de la UE con estancia o residencia de más de 6 meses |
El número que aparece en tu TIE es tu NIE. Si vienes con visado de estudios, normalmente el NIE ya aparece en el propio visado.
Cuándo tienes que pedirlo
Tienes que pedir el TIE en el plazo de un mes desde que entras en España con tu visado de estudios. Si has conseguido la autorización de estancia por estudios estando ya en España, el mes cuenta desde que te la conceden.
Las citas se agotan rápido, sobre todo en septiembre y octubre. Empieza a buscar cita el mismo día que llegues y, si no encuentras, guarda capturas de tus intentos.
Documentos para la cita
- Formulario EX-17, relleno y firmado, con una copia.
- Pasaporte en vigor con el visado de estudios, y una copia de las páginas de datos y del visado.
- Una fotografía reciente, en color, con fondo blanco y tamaño carné.
- Justificante de pago de la tasa: modelo 790, código 012, de 16,08 €. Se rellena en la sede electrónica de la Policía y se paga en un banco.
- Certificado o volante de empadronamiento, que piden muchas comisarías para acreditar tu domicilio.
- Si eres menor de edad, tienes que ir con tu representante legal.
En la tasa hay varias casillas según el tipo de tarjeta. Marca la de la tarjeta inicial de estancia por estudios: si pagas un importe equivocado, tendrás que volver a pagarla.
Paso a paso
- Empadrónate en tu ayuntamiento en cuanto tengas domicilio.
- Pide cita previa en la sede electrónica de citas de extranjería: elige tu provincia y el trámite de la Policía de toma de huellas (expedición de tarjeta).
- Paga la tasa 790-012 antes de la cita.
- Ve a la cita en la comisaría con todos los documentos. Te toman las huellas y te dan un resguardo.
- Recoge la tarjeta cuando esté lista, normalmente en 30 a 45 días. Cada comisaría indica cómo: con otra cita o en la fecha que te dan en el resguardo.
Viajar, cambios de datos y renovación
- Viajar: con el TIE en vigor puedes moverte por el espacio Schengen hasta 90 días en un periodo de 180 días y volver a entrar en España sin visado.
- Cambios de datos: si cambias de domicilio o de cualquier dato de la tarjeta, tienes que comunicarlo en el plazo de un mes, con el padrón actualizado.
- Renovación: si sigues estudiando, pide la prórroga de la estancia por estudios en los dos meses anteriores a que caduque tu tarjeta.
- Pérdida o robo: denúncialo en la Policía y pide un duplicado con la denuncia.
Preguntas frecuentes sobre el TIE
¿Necesito el TIE si mi curso dura menos de 6 meses?
No. Si tu estancia es de 6 meses o menos, tu visado de estudios ya te sirve como documento de estancia y no tienes que pedir la tarjeta.
¿Cuánto tarda en llegar el TIE?
Después de la cita de huellas, la tarjeta suele estar lista en unos 30 a 45 días, según la comisaría. Mientras tanto, guarda el resguardo que te dan en la cita.
¿Puedo viajar mientras espero el TIE?
Solo si tu visado sigue en vigor. El resguardo de la cita no sirve para volver a entrar en el espacio Schengen, así que si tu visado ya ha caducado, espera a tener la tarjeta antes de salir de España.
¿Qué pasa si se me pasa el plazo de un mes?
No pierdes el derecho a la tarjeta, pero puedes recibir una sanción por no haberla pedido a tiempo. Pide cita en cuanto puedas y, si no hay citas disponibles, guarda capturas que demuestren que lo has intentado.
¿Tengo que estar empadronado para pedir el TIE?
No siempre es obligatorio, pero muchas comisarías piden el certificado o volante de empadronamiento para acreditar tu domicilio. Te recomendamos empadronarte antes de la cita.
¿Puedo trabajar con el TIE de estudiante?
Sí. Con la estancia por estudios puedes trabajar hasta 30 horas semanales sin pedir una autorización de trabajo aparte, siempre que sea compatible con tus estudios.
¿Cómo renuevo el TIE si sigo estudiando?
Tienes que pedir la prórroga de la estancia por estudios en los dos meses anteriores a que caduque, demostrando que sigues matriculado, que has aprovechado los estudios y que mantienes los medios económicos y el seguro. Cuando te la concedan, pides la nueva tarjeta.
Cómo te ayudamos
Puedes hacer el trámite por tu cuenta con esta guía. Si prefieres que te lo gestionen, nuestra gestoría colaboradora se encarga de las citas, los formularios y la tasa del padrón y el TIE por 121 € IVA incluido, o del visado y el TIE por 605 € IVA incluido, sin contar las tasas oficiales.
Esta guía es orientativa y está revisada a septiembre de 2026, con el Reglamento de Extranjería en vigor desde el 20 de mayo de 2025. Los documentos pueden variar según la comisaría: confírmalos en la web de la Policía de tu provincia.
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